Martes, 29 de Enero de 2008 17:25
¿Podría un trabajador autónomo con permiso de trabajo por cuenta propia y de residencia sin plazo de finalización contratar a su hijo por cuenta ajena inicial? Migrar.org ofrece la alternativa. Patricio Sánchez Cortés, abogado de Cruz Roja Española - Salamanca responde: No habría problema por lo que se refiere a la legislación de extranjería ya que al ser reagrupado, podría cambiar a residencia y trabajo si le hacen un contrato por un año; el problema deriva de la legislación laboral que dice el Estatuto de los Trabajadores que quedan excluidos de dicha relación laboral, los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de esos trabajadores y como familiar se entiende si conviven con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, en estos casos sólo cabría que el padre contratara al hijo por cuenta ajena si el hijo demuestra que existe independencia respecto al padre, es decir, lo contrario de la norma general: el el derecho laboral, la norma general es que si se está trabajando, se entiende que es por cuenta ajena, salvo prueba en contrario, salvo en estos casos en que es precisamente al revés, se entiende que no existe ajeneidad salvo que el trabajador demuestre que sí la hay.
El III Anuario de la Comunicación del Inmigrante en España, editado por la consultora Etnia Comunicación y presentado en CaixaForum, revela que en España serán necesarios no menos de 430.000 trabajadores cualificados para mantener la competitividad de su economía hasta el año 2.012. Este hecho significaría la necesidad de entrada anual de más 100.000 trabajadores cualificados a nuestro país.
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